Dentro del seguro técnico de bienes de instalaciones y equipos electrónicos pueden ampararse toda clase de instalaciones, aparatos y equipos electrónicos, entre los que podemos enumerar:
SEGURO CONTRA TODO RIESGO PARA CONTRATISTAS
Objeto del Seguro:
Este tipo de seguro ha sido diseñado para cubrir contra Todo Riesgo, todo daño material accidental, súbito e imprevisto, debido a cualquier causa que no esté expresamente excluido, toda clase de obras civiles en construcción, ya que proporciona una amplia protección contra los daños sufridos por la obra. Se puede incluir el Equipo y/o Maquinaria de Construcción del contratista y la Responsabilidad Civil, que cubre los reclamos de terceros por daños a sus bienes o personas como consecuencia de los trabajos de construcción.
Asimismo se puede incluir como cobertura adicional el Período de Mantenimiento de los trabajos ejecutados, a que los obliga el contrato de obra y los gastos por remoción de escombros, en caso de siniestro.
Asegurados:
Los asegurados pueden ser:
a) El propietario de la obra.
b) Los contratistas y/o subcontratistas que trabajan en el proyecto.
Es importante saber que las pólizas deben estar emitidas a favor de todas las partes interesadas, a) y b), para evitar inconvenientes en caso de siniestro.
Suma Asegurada:
Es el Valor Total de Contrato, incluyendo los materiales y mano de obra.
SEGURO TODO RIESGO DE MONTAJE
Objeto del Seguro:
Se cubre contra Todo Riesgo, todo daño material accidental, súbito e imprevisto, debido a cualquier causa que no esté expresamente excluido, el montaje de todo tipo de obras de ingeniería: máquinas, aparatos y montajes como turbinas, generadores, calderas, grúas, máquinas de imprenta, máquinas textiles, oleoductos, tuberías, tanques, silos, centrales de fuerza, plantas químicas, etc.
Asimismo se puede incluir como cobertura adicional el Período de Mantenimiento de los trabajos ejecutados, a que los obliga el contrato de obra y los gastos por remoción de escombros, en caso de siniestro y los reclamos de terceros por daños sus bienes o personas, como consecuencia del montaje.
Asegurados:
Los asegurados pueden ser: El dueño o Comitente, los contratistas y/o subcontratistas, los fabricantes de los equipos.
Suma Asegurada:
La suma asegurada del equipo objeto del montaje, deberá representar el valor real (de reposición), inclusive gastos de fletes, gastos de montaje y derechos de aduana, si los hay.
SEGURO DE EQUIPO DE CONTRATISTAS
Objeto del Seguro:
Se cubre todo tipo de equipos o maquinarias, destinadas para la construcción, a partir del momento en que se encuentra efectuando su función específica, sobre superficie terrestre y en tierra firme, incluyendo su eventual tránsito terrestre y transporte terrestre (siempre que se efectúen por sus propios medios y/o por unidades propias del asegurado), y/o depósito terrestre. Quedan cubiertos contra pérdidas y/o daños materiales externos, siempre que tales pérdidas y/o daños se produzcan en forma accidental, súbita e imprevista, que no hayan sido expresamente excluidos.
Asegurados:
Se cubren los equipos y/o maquinarias, propiedad del contratista.
Cobertura: Daños parciales y/o totales por Incendio, Robo y Accidentes, con adicional de Responsabilidad Civil.
Suma Asegurada:
La suma asegurada del equipo y/o maquinaria, deberá representar el valor individual de cada uno.
Para bienes nuevos, a valor de reposición.
Para bienes usados, precio de compra venta.
SEGURO DE ROTURA DE MAQUINARIAS
Objeto del Seguro:
Es una cobertura de Todo Riesgo, por rotura de todo tipo de máquinas, equipos e instalaciones mecánicas, en todas las áreas de la industria y el comercio, a partir de que los mismos, estén instalados y hayan superado el período de pruebas y listos para su funcionamiento; y siempre que dichos daños sucedan en forma accidental, súbita e imprevista.
Asegurados:
Los asegurados pueden ser: El empresario que a través de la utilización de sus máquinas, logra un beneficio económico, ya que todo daño material, le significaría gastos de reparación e incluso llegar al reemplazo de la máquina dañada, por una nueva.
También el que arrienda o alquila máquinas y tiene que mantenerlas intactas como usuario.
Suma Asegurada:
Es fijada por el asegurado y debe ser igual al valor de reposición.
SEGURO DE EQUIPOS ELECTRÓNICOS
Objeto del Seguro:
Se cubren los daños materiales directos sufridos por los bienes asegurados, por cualquier causa accidental, súbita e imprevista (Incendio, Robo y Accidentes), que no hayan sido expresamente excluidos.
Bienes asegurados:
Computadoras fijas y/o portátiles, técnica de oficina y telecomunicación, técnica de procesamiento de datos, técnica de señalización y aviso, técnica de imagen y sonido, radiotécnica, balanzas y cajas registradoras, técnica de radio y televisión, instalaciones para la industria y la ciencia, técnica médica, técnica de composición y reproducción, otros.
Para los equipos de procesamiento de datos, que posean elementos de protección, se puede cubrir los daños materiales causados por fallas en el aprovisionamiento de la energía eléctrica de la red pública.
Para los equipos portátiles y/o móviles, se puede cubrir el tránsito dentro de la República Argentina.
Suma Asegurada:
Es fijada por el asegurado y debe ser igual al valor de reposición.